El tope de aportes a salud y pensión podría subir a 45 salarios mínimos desde Abril 2022

Gestión de nomina

El Ministerio del Trabajo ha publicado un borrador de decreto para reglamentar las cotizaciones de pensiones, en respuesta a una orden emitida por el Consejo de Estado. Esta nueva normativa tendrá un impacto significativo en la gestión de nómina de las empresas y en las obligaciones de los empleadores.

Actualmente, la base de cotización de pensión, que debe coincidir con la de salud, no puede ser inferior a un salario mínimo ni exceder los 25 salarios mínimos legales mensuales. No obstante, el año pasado, el Consejo de Estado ordenó al Gobierno Nacional emitir una reglamentación que ampliara este tope, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 797 de 2003. Esta ley establece que, previa reglamentación del Gobierno, el límite podría incrementarse hasta 45 salarios mínimos mensuales.

De acuerdo con el borrador del decreto, a partir de abril de 2022, la base de cotización máxima se incrementará a 45 salarios mínimos para aquellos trabajadores que reciban ingresos superiores a 25 salarios mínimos mensuales. Esta base será efectiva para las cotizaciones realizadas a partir de mayo. El objetivo de esta medida es «garantizar, en este último sistema, pensiones de hasta 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes».

En términos prácticos, esto significa que los trabajadores que actualmente aportan sobre una base de 25 salarios mínimos deberán empezar a hacer aportes sobre su ingreso real mensual, si este excede dicho monto. Esto es relevante porque, bajo el esquema actual, quienes aportan sobre 25 salarios mínimos no reciben una mesada pensional proporcional a ese aporte.

Este cambio impactará la gestión de nómina en las empresas, quienes deberán ajustar sus sistemas y procesos de cálculo de aportes. Estaremos atentos a las determinaciones finales del Gobierno Nacional para brindar el apoyo necesario a nuestros usuarios en la implementación de esta nueva reglamentación.